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Nota de prensa SEGG

La SEGG presenta el Documento de Consenso sobre Sujeciones Mecánicas y Farmacológicas

SEGG: presentación del Documento de Consenso sobre Sujeciones Mecánicas y Farmacológicas
De izquierda a derecha: Primitivo Ramos Cordero, secretario de la Sociedad Española de Geriatría y Gerontología; Herminio Maillo Pedraz, magistrado juez de Primera Instancia de Málaga; César Antón Beltrán, director general del IMSERSO; José Antonio López Trigo, presidente de la Sociedad Española de Geriatría y Gerontología; José Luis Meler de Ugarte, presidente de la Confederación Española de Organizaciones de Mayores (CEOMA); y José María Paz Rubio, fiscal para la Defensa y Protección de los Derechos de las Personas Mayores.
En la sede del IMSERSO, se presentó, el pasado 10 de julio, el Documento de Consenso sobre Sujeciones Mecánicas y Farmacológicas, elaborado el Comité Interdisciplinar de Sujeciones de la Sociedad Española de Geriatría y Gerontología (SEGG).

Al acto de presentación asistieron el director general del IMSERSO, D. César Antón Beltrán; el presidente de la Sociedad Española de Geriatría y Gerontología, Dr. José Antonio López Trigo; el secretario de la Sociedad Española de Geriatría y Gerontología, Dr. Primitivo Ramos Cordero; el magistrado juez de Primera Instancia de Málaga, D. Herminio Maillo Pedraz; el fiscal para la Defensa y Protección de los Derechos de las Personas Mayores, D. José María Paz Rubio; el presidente de la Confederación Española de Organizaciones de Mayores (CEOMA), D. José Luis Meler de Ugarte; la geriatra de Servicios de Atención Integral Sociosanitaria, Dña. Ana Urrutia Beascoa; y el miembro de la Fundación María Wolf “Sujeciones Zero”, D. Rubén Muñiz Schwochert.

Las sujeciones farmacológicas o químicas, y especialmente las mecánicas o físicas, constituyen uno de los temas más controvertidos de la asistencia geriátrica por las notables repercusiones morales, éticas, sociales y jurídicas que conllevan. Pese a todo ello, desde el punto de vista jurídico, no existe un marco normativo o legislativo específico común a nivel estatal que lo aborde, encontrando un escenario en el que cada comunidad autónoma comienza a promulgar una normativa reguladora sobre las mismas, ha explicado el presidente de la Sociedad Española de Geriatría y Gerontología, José Antonio López Trigo.

En la actualidad, cada vez se cuestiona más el uso de las sujeciones; su fin primordial que es garantizar la integridad de las personas con problemas conductuales, así como la de las personas que les rodean, evitando lesiones y caídas, está en entredicho, ya que “existen estudios que demuestran que el uso de este tipo de dispositivos no solo no disminuye el número, ni la gravedad, ni las consecuencias de las caídas, sino que, por el contrario, en determinadas circunstancias, las aumentan”, ha expuesto, por su parte, el doctor Primitivo Ramos Cordero.

Por otro lado, otros estudios, cada vez más, recalcan que el uso de sujeciones conlleva un riesgo no despreciable de complicaciones y accidentes, bien de forma directa, produciendo lesiones, erosiones, laceraciones, desgarros de plexos nerviosos, isquemias, etcétera, que llegan en algunos casos a lesiones potencialmente mortales por estrangulamientos y asfixia; o bien de forma indirecta, en forma de efectos adversos como infecciones, deterioro funcional, síndrome de inmovilidad, incontinencia, úlceras cutáneas, etcétera, añade Primitivo Ramos.

Pese a la existencia de estas normas reguladoras y de los protocolos implantados, el uso de las sujeciones no siempre se lleva a cabo con la racionalidad y excepcionalidad que serían deseables para un procedimiento en el que se pone en riesgo la libertad, la dignidad y la autoestima personal; detectando, en ocasiones, centros en donde se realiza un uso indiscriminado que supera el 50 por ciento, y para los que, en algunos casos, ni siquiera se cuenta con el consentimiento de los representantes de las personas a las que se aplica, las cuales generalmente carecen de capacidad decisoria o “autogobierno”.

Respecto a las sujeciones químicas o farmacológicas, aún resulta menos claro el horizonte, ya que no existe un marco conceptual suficientemente respaldado ni consensuado por los profesionales o la evidencia científica. Todo ello, cuando el consumo de psicofármacos alcanza, según algunas series, tasas que superan ampliamente el 60 por ciento de los usuarios de los centros.

“El uso de las sujeciones mecánicas o farmacológicas solo está justificado, de forma excepcional, en aquellos estados de agitación, irritabilidad y agresividad, en los que se han agotado todos los recursos terapéuticos, ambientales, etcétera, siendo imposible su control y entrañando un riesgo vital para las personas, o bien para la aplicación de determinadas terapias esenciales para su subsistencia”, ha expuesto, esta mañana, el doctor Primitivo Ramos Cordero.

Sin embargo, en ocasiones, acaban utilizándose con fines ajenos a la protección del propio paciente para conseguir objetivos organizativos o ambientales del entorno, como el cumplimiento de los horarios de las instituciones, en ocasiones rutinarios, así como para evitar la supervisión continua de los deambuladores erráticos.

Frente a este último panorama se alza la voz garantista de determinados movimientos asociativos que pretenden velar por la dignidad y seguridad de estos pacientes haciendo una apuesta diametralmente opuesta a los anteriores postulados y propugnando el abandono completo y la no utilización de las sujeciones mecánicas; utilizando para ello diferentes e impactantes eslóganes, altamente sugerentes y atrayentes como “Desatar al anciano”, “Movimiento Libera.Ger” o “Sujeciones Zero”.

Ante estas posturas claramente diferenciadas, e irreconciliables, existe una realidad ineludible, que es atender a las personas mayores que desafortunadamente, con motivo de la enfermedad que padecen, han perdido su capacidad de control poniendo en riesgo su integridad o la de terceros, y a los que es necesario proteger.

En este contexto la sociedad en general, las instituciones y los poderes públicos, han de posicionarse y articular un marco conceptual, normativo y legislativo, que permita conjugar de una forma armónica ambas posturas.

La Sociedad Española de Geriatría y Gerontología (SEGG), consciente de la importancia y trascendencia de esta materia, e intentando, por un lado, preservar y garantizar la máxima libertad, dignidad y autoestima, así como velar por la máxima integridad personal, seguridad legal y jurídica de las personas mayores, atendidas en servicios y centros geriátricos y gerontológicos ha decidido crear un Comité Interdisciplinar de Sujeciones.

Este Comité está constituido por socios de la SEGG de diferentes disciplinas, expertos en esta materia, profesionales externos de diferentes disciplinas expertos en sujeciones, diferentes grupos, entidades y asociaciones, dedicados al estudio de las mismas, y por último por los principales movimientos “antisujeciones”.

La tarea que se le ha asignado desde la SEGG a este comité ha sido la de debatir y definir las líneas filosóficas de posicionamiento de la SEGG en esta materia, y elaborar un Documento de Consenso sobre Sujeciones Mecánicas y Farmacológicas que sirva como Guía de Buena Práctica de Actuación, para los diferentes profesionales dedicados a la atención de los mayores.

Al mismo tiempo este documento constituirá la base para el debate y desarrollo para un Grupo de Trabajo de Sujeciones Mecánicas y Farmacológicas en el seno de la SEGG para poder mantener actualizado permanentemente el conocimiento científico en esta materia.
 
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